[Logotipo: Viviendas y Comunidades: Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU.] c�mo evitar la ejecuci�n hipotecaria
[View the English version of this page] [Mostrar la versi�n de texto de esta p�gina] [B�squeda/�ndice]
 
 Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU.
Novedades de HUD
Sala de prensa
Prioridades
HUD: Quiénes somos

Viviendas
Compra
Venta
Alquiler
Personas sin hogar
Mejoras en la vivienda
Viviendas de HUD
Equidad de vivienda
Reembolsos de la FHA
Ejecuci�n hipotecaria
Informaci�n para el consumidor

Comunidades
Sobre comunidades
Voluntariado
Organizaci�n
Desarrollo econ�mico

Trabajar con HUD
Subsidios
Programas
Contratos
Trabajar en l�nea
Trabajos de HUD
Quejas

Recursos
Biblioteca
Manuales/formularios
Preguntas frecuentes

Herramientas
Transmisiones Web
Listas de correo
Comun�quese con nosotros
Ayuda

[El portal oficial en espanol del Gobierno de los EE. UU]  

Proceso de ejecución

Información local
 Edición impresa
 Envíele esto a un amigo por correo electrónico

Los procesos de ejecuci�n son diferentes en cada estado. Si est� preocupado sobre c�mo har� el pago de su hipoteca, entonces debe aprender acerca de las leyes de ejecuci�n y procesos en su estado. Diferencias entre los estados var�an entre avisos que deben ser fijados o enviados, per�odo en el tiempo de rescate, y programaci�n y avisos publicados en cuanto a la subasta de la propiedad. Sin embargo, un entendimiento general de lo que se puede esperar est� disponible en nuestra p�gina sobre Riesgo de Ejecuci�n.

En general, las compa��as hipotecarias empiezan procesos de ejecuci�n aproximadamente de 3 a 6 meses despu�s del primer pago de hipoteca omitido. Cargos por tardanza aplican despu�s de 10-15 d�as; sin embargo, la mayor parte de compa��as hipotecarias reconocen que los propietarios pueden enfrentar privaciones financieras a corto plazo. Es muy importante que usted se mantenga en contacto con su prestamista dentro del primer mes despu�s de omitir el pago.

Despu�s de 30 d�as, el prestatario est� en mora y los procesos de ejecuci�n se comienzan a acelerar. Si usted no llama el banco e ignora las llamadas de su prestamista, entonces el proceso de ejecuci�n comenzar� mucho antes. En cualquier momento durante el proceso, hable con su prestamista o con un asesor de vivienda acerca de las distintas alternativas y soluciones que pueden haber.

Tres tipos de ejecuciones pueden ser iniciados en este tiempo: judicial, poder de venta, y ejecuci�n estricta. Todos los tipos de ejecuci�n requieren que avisos p�blicos sean publicados a todas las partes interesadas para ser notificados en cuanto a las medidas. Una vez que las propiedades son vendidas mediante subasta, las familias tienen un corta cantidad del tiempo para encontrar un nuevo lugar en donde vivir y mudarse antes de que el sheriff publique un desahucio.

Ejecuci�n Judicial. Todos los estados permiten este tipo de ejecuci�n, y unos lo requieren. El prestamista presenta la demanda con el sistema judicial, y el prestatario recibir� una notificaci�n por correo que exige el pago. El prestatario entonces tiene s�lo 30 d�as para responder con un pago a fin de evitar la ejecuci�n. En caso de no hacer el pago despu�s de un cierto per�odo de tiempo, la propiedad hipotecada ser� vendida mediante subasta al mejor postor, realizada por un tribunal local o la oficina del sheriff.

Poder de Venta. Este tipo de ejecuci�n, tambi�n conocida como ejecuci�n estatutaria, es permitida por muchos estados si la hipoteca incluye una cl�usula de Poder de Venta. Despu�s de que un propietario ha ca�do en incumplimiento de pago en su hipoteca, el prestamista env�a avisos que exigen los pagos. Una vez ha pasado un per�odo de espera establecido, la compa��a hipotecaria, en vez de los tribunales locales o la oficina del sheriff, realiza una subasta p�blica. Las subastas de ejecuci�n no judiciales son a menudo m�s oportunas, aunque puedan estar sujetas a una revisi�n judicial para garantizar la legalidad de los procedimientos.

Ejecuci�n Estricta. Un peque�o n�mero de estados permite este tipo de ejecuci�n. En medidas de ejecuci�n estrictas, el prestamista presenta un juicio contra el propietario que ha faltado. Si el prestatario no puede pagar la hipoteca dentro de tiempo objetivo espec�fico solicitado por el tribunal, la propiedad regresa directamente al suministrador de la hipoteca. Generalmente, las ejecuciones estrictas ocurren s�lo cuando la cantidad de deuda es mayor que el valor de la propiedad.

 
Contenido actualizado el 30 de septiembre de 2008   Siga este enlace para ir a  Volver al inicio   
----------
FOIA Ley de Privacidad Políticas de Web y Enlaces Importantes  Inicio [logo: Fair Housing and Equal Opportunity]
[logo: HUD seal] Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU.
451 7th Street S.W., Washington, DC 20410
Teléfono: (202) 708-1112   TTY: (202) 708-1455
Busque la oficina de HUD más cercana