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Novedades
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Los créditos impositivos equivalen a efectivo
HUD y el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) están trabajando juntos para reducir sus facturas de impuestos al asegurarse de que usted sepa todo lo referente a los créditos impositivos y la asistencia que está a su alcance.
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Celebración de los 30 años del programa CDBG
Desde su concepción, el desarrollo de viviendas multifamiliares de alquiler a precios razonables de Lavell Village ha sido un esfuerzo innovador y creativo.
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Transmisión web de la capacitación sobre CDBG para nuevos beneficiarios de subsidios
Una descripción general del programa de Subsidios Globales para el Desarrollo Comunitario para nuevos beneficiarios de subsidios en el año 2004.
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Fondos de CDBG desembolsados por beneficiario de subsidio por código de matriz de IDIS
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Introducción
El programa brinda subsidios anuales sobre la base de una fórmula a ciudades y condados habilitados para desarrollar comunidades urbanas viables mediante la provisión de viviendas decentes y un entorno de vida apropiado, y mediante la expansión de oportunidades económicas, principalmente para personas de ingresos bajos y moderados.
Naturaleza del programa
HUD otorga subsidios a adjudicatarios en comunidades autorizadas para llevar a cabo una amplia gama de actividades para el desarrollo comunitario en pro de la revitalización de vecindarios, el desarrollo económico y la provisión de instalaciones y servicios comunitarios mejorados.
Las comunidades autorizadas desarrollan sus propios programas y establecen sus prioridades para los fondos. Los adjudicatarios, no obstante, deben otorgar la mayor prioridad posible a actividades que beneficien a las personas de bajos y moderados ingresos. Un adjudicatario puede también llevar a cabo actividades que ayuden a la prevención o eliminación de áreas insalubres o deterioradas, Además, los adjudicatarios pueden financiar actividades cuando el adjudicatario certifique que la actividad satisface otras necesidades de desarrollo comunitario con cierta urgencia debido a condiciones que imponen una amenaza grave e inmediata a la salud o el bienestar de la comunidad cuando no se cuenta con otros recursos financieros para tales necesidades. Los fondos de CDBG no pueden utilizarse para actividades que no satisfagan estos amplios objetivos nacionales.
Los fondos de CDBG pueden utilizarse para actividades que incluyan estos y otros campos:
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adquisición de inmuebles; |
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reubicación y demolición; |
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rehabilitación de estructuras residenciales y no residenciales; |
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construcción de instalaciones públicas y mejoras, tales como instalaciones de agua y cloacas, calles, centros de vecindarios y la conversión de edificios escolares para fines elegibles; |
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servicios públicos, dentro de ciertos límites;
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actividades relacionadas con la conservación de energía y con recursos de energía renovables y |
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provisión de asistencia para negocios con fines de lucro para llevar a cabo actividades de desarrollo económico y creación/conservación de puestos de trabajo. |
En general, los siguientes tipos de actividades no son elegibles:
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adquisición, construcción o reconstrucción de edificios para la actividad general del gobierno; |
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actividades políticas; |
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ciertos pagos de ganancias y |
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construcción de unidades de vivienda nuevas por parte de gobiernos locales generales.
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Elegibilidad de los adjudicatarios
Ciudades centrales de Áreas Estadísticamente Metropolitanas (Metropolitan Statistical Area, MSAs); otras ciudades metropolitanas con poblaciones de al menos 50,000; y condados urbanos calificados con poblaciones de al menos 200,000 (excluyendo la población de las ciudades autorizadas) están autorizadas para recibir subsidios anuales. HUD determina el valor de cada subsidio a través de una fórmula estatutaria dual que utiliza varias medidas objetivas de necesidades comunitarias, incluyendo el nivel de pobreza, población, superpoblación en viviendas, antigüedad de las viviendas y retardo en el crecimiento de la población en relación con otras áreas metropolitanas.
Requisitos
Para recibir su subsidio autorizados CDBG anual, un adjudicatario debe desarrollar y presentar ante HUD su Plan Consolidado (que es un documento de planificación y solicitud integral de fondos de la jurisdicción ante los siguientes programas de subsidios de Planificación y Desarrollo Comunitario por fórmula: CDBG, Asociaciones para Inversiones en Vivienda HOME, Oportunidades de Vivienda para Personas con SIDA (HOPWA) y Fondos Gratuitos para Refugios de Emergencia (ESG)). En su Plan Consolidado, la jurisdicción debe identificar sus objetivos para estos programas así como para programas de vivienda. Los objetivos servirán como criterios contra los cuáles HUD evaluará el Plan de una jurisdicción y su rendimiento según el Plan. Además, el Plan Consolidado debe incluir varias certificaciones requeridas, incluyendo que no menos del 70% de los fondos CDBG recibido, en un periodo de uno, dos o tres años especificado por el asignatario, se utilizarán para actividades que beneficien a personas de ingresos bajos a moderados y que el asignatario promocionará positivamente la equidad de vivienda. HUD aprobará una presentación de Plan Consolidado a menos que el Plan (o una parte del mismo) no sea consistente con los fines de la Ley Nacional de la Vivienda de Precio Razonable (National Affordable Housing Act) o esté sustancialmente incompleto.
Luego de la aprobación, el Departamento hará entrega del subsidio completo a menos que el Secretario haya determinado que el asignatario: (1) no haya llevado a cabo sus actividades financiadas por CDBG dentro de los plazos establecidos; (2) no haya llevado a cabo dichas actividades y sus certificaciones de acuerdo con los requisitos y objetivos primarios del Título I de la Ley de Vivienda y Desarrollo Comunitario (Housing and Community Development Act) de 1974, y sus modificaciones, y con otras leyes aplicables; o (3) carezca de la capacidad necesaria para llevar a cabo sus actividades financiadas por CDBG en tiempo y forma.
Participación de los ciudadanos
Un beneficiario de subsidios debe desarrollar e implementar un plan detallado que determine y aliente la participación de los ciudadanos, con un énfasis en la participación de personas de ingresos bajos y moderados, particularmente residentes de vecindarios con predominancia de ingresos bajos o moderados, áreas insalubres o deterioradas, y áreas en las que el beneficiario propone utilizar los fondos CDBG. El plan debe permitir a los ciudadanos, de manera razonable y con tiempo, asistir a reuniones locales, acceder a información y registros relacionados con el uso propuesto y real presentados por el adjudicatario; organizar audiencias públicas para obtener la opinión de los ciudadanos y para responder a propuestas y preguntas en todas las etapas del programa de desarrollo comunitario, incluyendo al menos las necesidades de desarrollo, la revisión de la actividades propuestas y la revisión del rendimiento del programa; brindar respuestas escritas oportunas a reclamos y quejas escritas e identificar la manera en que se pueden atender las necesidades de residentes que no hablan inglés en casos de audiencias públicas donde es factible que participe una cantidad significativa de residentes que no hablan inglés.
Autoridad legal
Título I de la Ley de Desarrollo de Viviendas y Comunidades de 1974, Ley Pública 93-383, con sus modificaciones; 42 U.S.C.-5301 et seq.
Presentación de solicitudes
Si usted es un ciudadano interesado, comuníquese con sus funcionarios de condado o municipalidad y solicite más información. HUD no brinda asistencia de tipo CDBG directamente a ciudadanos u organizaciones. Si los funcionarios de su gobierno local no pueden responder a sus preguntas, o si usted es un funcionario local, comuníquese con la Oficina Móvil de HUD* que atienda su área. Tenga en cuenta que el gobierno local administra el programa y determina qué proyectos locales reciben los fondos.
* Los usuarios con problemas de audición pueden llamar al Servicio de Información Federal (Federal Information Relay Service) al 1-800-877-8339.
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