Resumen:
El programa de la Sección 241(a) asegura préstamos hipotecarios para financiar reparaciones, ampliaciones y mejoras en viviendas multifamiliares para alquiler e instalaciones de cuidado de la salud con primera hipoteca asegurada por la FHA o hipotecas en poder de HUD.
Propósito:
La Sección 241(a) asegura a las entidades crediticias contra pérdidas por incumplimiento en el pago de hipotecas. El propósito del programa es mantener al proyecto en estado competitivo, extender su vida económica y financiar el reemplazo de equipo obsoleto. Las hipotecas aseguradas se utilizan para financiar reparaciones, ampliaciones y mejoras en proyectos de viviendas multifamiliares, consultorios médicos, hospitales o hogares de convalecencia ya asegurados por HUD o en poder de HUD. El equipo móvil importante para hogares de convalecencia asegurados, consultorios médicos y hospitales pueden ser cubiertos por una hipoteca bajo este programa.
Tipo de ayuda:
Seguro hipotecario de la FHA para entidades crediticias aprobadas por HUD.
Actividades elegibles:
Las hipotecas aseguradas se utilizan para financiar: (1) ampliaciones y mejoras de proyectos de viviendas multifamiliares, hogares de convalecencia, hospitales e instalaciones para personas con necesidades especiales que ya cuenten con hipotecas aseguradas por HUD/FHA o en poder de HUD; (2) mejoras de conservación de la energía. Las ganancias de un préstamos sobre hogares de convalecencia, hospitales o instalaciones para personas con necesidades especiales asegurados pueden ser utilizados también para comprar equipos para la operación del complejo. El préstamo máximo asegurable es del 90 por ciento del valor de la ampliación o mejora, o un monto que, al agregarse al balance impago de la hipoteca asegurada existente, no exceda el monto asegurable bajo el programa de seguro de la hipoteca que cubre dicho proyecto. Cuando el proyecto está cubierto por una hipoteca en poder de HUD, el monto principal del préstamo debe ser un monto aceptable para la Secretaría. Los contratistas deben cumplir con los requisitos vigentes para salarios establecidos en la Ley Davis-Bacon. La Sección 241(a) para apartamentos requiere un subsidios para crédito apropiado, que es limitado.
Prestatarios elegibles:
Propietarios de un proyecto de viviendas multifamiliares o instalación con hipoteca asegurada
o en poder de HUD.
Clientes elegibles:
Individuos, familias y propietarios de proyectos de viviendas multifamiliares.
Solicitud:
El patrocinador tiene una reunión previa a la solicitud en el Centro de Programas o Centro de Viviendas Multifamiliares local de HUD para determinar la viabilidad de las mejoras propuestas antes de presentar la solicitud de compromiso firme. El patrocinador debe luego presentar una solicitud de compromiso firme al Centro de Programas o Centro de Viviendas Multifamiliares local a través de una entidad crediticia aprobada por HUD para su procesamiento. Si el proyecto cumple los requisitos del programa, el Centro de Programas o Centro de Viviendas Multifamiliares local emite un compromiso a la entidad crediticia por el seguro hipotecario.
Guía técnica:
Este programa está autorizado bajo la Ley Nacional de Vivienda (National Housing Act), y sus modificaciones,
Sección 241, Ley Pública 90-448 (12 U.S.C. 1715) y Ley Pública 94-375
(12 U.S.C. 1715Z-6). Las reglamentaciones del programa se encuentran en 24 CFR Parte 241. Las instrucciones básicas para el programa se encuentran en el Manual de HUD 4585.1- Préstamos Complementarios para Seguro Hipotecario (Supplemental Loans for Project)
disponible en www.HUDCLIPS.org. El programa es administrado por la Oficina de Desarrollo de Viviendas Multifamiliares.
Logros del programa:
En el año fiscal 2004, el Departamento aseguró un proyecto con 180 unidades/camas, por un total de $3.4 millones.