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Oficina de Vivienda

Venta de viviendas a descuento para damnificados por los huracanes

Esta página proporciona respuestas a preguntas en cuanto al programa de Venta de Viviendas de HUD a Descuento para aquellos afectados por los Huracanes Katrina, Rita o Wilma.

 -   Preguntas sobre la venta de propiedades para arrendatarios afectados por los desastres, que actualmente arriendan una propiedad de HUD.
 -   Preguntas sobre la venta de propiedades a nivel nacional para damnificados por los huracanes

Preguntas sobre la venta de propiedades para arrendatarios afectados tras el paso de los huracanes, que actualmente alquilan una propiedad de HUD.

P1: ¿Puede un arrendatario comprar una propiedad de HUD que él o ella está alquilando actualmente?

R: Sí. Un arrendatario puede ejercer su opción a comprar una propiedad de HUD, que él o ella actualmente ocupa en calidad de alquiler en cualquier momento durante el término del contrato de alquiler, pero debe notificar al contratista de Administración y Mercadeo de HUD (M&M, por sus siglas en inglés) no más tardar 60 días antes de la fecha de expiración del contrato.
 
P2: ¿Cuando expiran los contratos de alquiler?

R: Todos los contratos de alquiler expiran 18 meses de la fecha del desastre.

P3: ¿Cómo podrá saber el arrendatario el valor de tasación de la propiedad?

R: Un contratista de la oficina de Administración y Mercadeo (M&M) de HUD proveerá al arrendatario el valor de tasación de la propiedad.

P4: ¿Cuándo fue valorada la propiedad?

R: Un tasador autorizado aprobado por HUD valoró la propiedad en el momento de ocupación, p. ej. el momento que el arrendatario firmó su contrato de alquiler.

P5: ¿Como informará HUD a los arrendatarios sobre su derecho a ejercer la opción de compra de la propiedad y las condiciones de compra?

R: Un contratista de la oficina de Administración y Mercadeo (M&M) de HUD enviará una carta a todos los arrendatarios damnificados existentes. Se informará a los nuevos arrendatarios en el momento de firmar su contrato de alquiler.  La carta informará a los arrendatarios el valor de tasación de propiedad, las condiciones para una posible venta, y la ubicación de una oficina de servicios de asesoramiento de vivienda en el área donde está localizada la propiedad.

P6: ¿Proveerá HUD asesoramiento de vivienda?

R: HUD no proveerá asesoramiento de vivienda directo. El contratista M&M de HUD proveerá al arrendatario por correo, los nombres y ubicaciones de asesores de vivienda en el área en donde está localizada la propiedad.

P7: ¿Cuáles son las condiciones de venta para arrendatarios evacuados?

R: Los arrendatarios evacuados recibirán un 10% de descuento del valor de mercado justo de la propiedad, establecido por la valorización en el momento de ocupación. Este descuento está disponible sólo si el comprador utiliza financiación asegurada por la FHA o liquida el total de la venta en efectivo.
 
P8: ¿Se requiere asegurar el descuento con un pagaré?

R: No, no se requiere asegurar el descuento con un pagaré.

P9: ¿Pagará HUD por algunas reparaciones?

R: HUD financiará una cuenta en custodia para reparaciones y mantenimiento equivalente al 15% del precio de descuento del monto de HUD al momento de cierre. La cuenta en custodia será administrada por una entidad crediticia FHA. Se pagará una cuota de $200 del monto de HUD para compensar al prestamista.

P10: ¿Quién compensará al prestamista por administrar la cuenta en custodia?

R: A manera de compensación por administrar la cuenta en custodia, HUD pagará al prestamista una cuota de  $200 de su monto de transacción al momento de cierre.

P11: ¿Se pueden usar fondos de la cuenta en custodia para reparaciones y mantenimiento, para cualquier otra cosa además de reparaciones y mantenimiento?

R: Sí. Además de reparaciones y mantenimiento, los arrendatarios pueden pagar  cuentas de servicios públicos delincuentes de la garantía de 15%.

P12: ¿Pagará HUD los gastos de cierre?

R: HUD pagará todos los gastos de cierre razonables y acostumbrados del comprador, hasta el 5 % del precio de descuento de la venta

P13: ¿Se requiere algún depósito?

R: No se requiere ningún depósito.

P14: ¿Constará en la escritura un requisito de ocupación?

R: Sí. Los compradores requerirán ocupar la propiedad por un año desde la fecha de compra.
Preguntas para la venta de propiedades a nivel nacional para damnificados por los huracanes

P15: ¿Existe algún programa de venta para damnificados por los huracanes que no están alquilando propiedades de HUD?

R: Sí. Los damnificados por los huracanes que no están alquilando una propiedad de HUD pueden comprar una vivienda de HUD en cualquier parte del país durante un período de lotería de 10 días.

P16: ¿Qué proceso de compra se utiliza para un periodo de lotería de 10 días?

R: Durante el período de lotería de 10 días, la propiedad será anunciada durante 5 días y el comprador tiene cinco (5) días adicionales para presentar un contrato completo.
 
P17: ¿Tendrán los damnificaos por los huracanes primera prioridad durante el periodo de loteria?

R: No. El período de lotería de 10 será simultáneo con la lotería actual para los compradores bajo el programa del Buen Vecino (GNND, por sus siglas en inglés). Los resultados de la lotería ofrecerán la prioridad siguiente de compradores:

  • Compradores GNND tienen primera prioridad para propiedades que cumplen el requisito del programa
  • Evacuados por el desastre de huracanes tienen segunda prioridad y,
  • Agencias gubernamentales y sin fines de lucro tienen última prioridad.

P18: ¿Aceptará HUD ofertas de respaldo?

R: Sí.

P19: ¿Hay propiedades que están excluídas para compra por evacuados de los desastres?

R: Sí. Serán excluídas las propidades no elegibles para financiamiento FHA, incluso para el programa 203 K.

P20: ¿Por cuánto tiempo estará vigente este Programa de Lotería Especial?

R: El Programa de Lotería Especial estará en efecto por un periodo de 12 meses.

P21: ¿Cuándo empezará este programa?

R: El programa empezará el 1 de mayo de 2006. Los contratistas de la Oficina de Administración y Mercadeo de HUD generalmente publican las listas el día Miércoles.

P22: ¿Requerirán los posibles compradores proveer un número de inscripción con FEMA para poder presentar una oferta en una propiedad?

R: Sí. Para poder presentar una oferta en una propiedad, los posibles compradores bajo este programa deberán proporcionar el número de inscripción con FEMA y una copia de la carta de FEMA indicando su elegibilidad como damnificado por un desastre.

P23: ¿Está este programa limitado a los damnificados por el huracán Katrina solamente?

R: No. Todos los damnificados desplazados por los huracanes Katrina, Wilma, y Rita son elegibles para participar en este programa.

P24: ¿Cuáles son las condiciones de venta para los damnificados por huracanes?

R: Un comprador es elegible para recibir un descuento de 10% (porciento) del precio anunciado y establecido por el contratista de administración y mercadeo (M&M) de HUD. Los compradores deben utilizar financiamiento FHA o pagar el monto total de la venta en efectivo. Los compradores pueden utilizar las secciones 203(h) para víctimas de desastres o  203(k), incluso un 203k simplificado para comprar una propiedad durante el periodo de loteria.  Los descuentos para compradores están disponibles sólo durante el tiempo de la lotería especial. No se permitirá la venta competitiva con descuentos para damnificados por los desastres. El comprador puede utilizar los servicios de un corredor de bienes raíces. Si se usa los servicios de un corredor de bienes raíces, HUD pagará la comisión de venta hasta el 5% relacionado con la compra. Un comprador no puede recibir comisión de corredor.

P25: ¿Es necesario entregar un pagaré para garantizar el 10% porciento de descuento?

R: No. No se requiere un pagaré para garantizar el descuento.

P26: ¿Deben los compradores usar financiación asegurada por la FHA?

R: Sí. Los compradores deben utilizar financiamiento FHA o pagar el monto total de la venta en efectivo.

P27: ¿Estará el descuento disponible después de que haya terminado el periodo de lotería especial?

R: No. El descuento está disponible solamente para compras durante el periodo de lotería especial.

P28: ¿Puede un comprador utilizar los servicios de un corredor de bienes raíces?

R: Sí. Los compradores pueden utilizar los servicios de un corredor de bienes raíces.

P29: ¿Pagará HUD una comisión de ventas al corredor de bienes raíces?

R: Sí. HUD pagará una comisión de ventas de hasta el 5% relacionado con la transacción de compra.

P30: ¿Puede un comprador recibir una comisión de corredor de bienes raíces?

R: No. Un comprador no puede recibir comisión de corredor de bienes raíces.

P31: ¿Pagará HUD los castos de cierre relacionados a la compra?

R: Sí. HUD pagará todos los gastos de cierre razonables y acostumbrados del comprador hasta el 5% relacionados con la venta de la propiedad.

P32: ¿Se requiere algún pago inicial?

R: Sí, el monto de pago inicial para damnificados por los huracanes es de $500.

P33: ¿Constará en la escritura algún requisito de ocupación?

R: Sí. El comprador requerirá ocupar la propiedad por un año desde la fecha de compra.

 
Contenido actualizado el 24 de abril de 2006   Siga este enlace para ir a  Volver al inicio   
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