Las siguientes preguntas y respuestas tienen la intención de aplicarse a situaciones generales y no deben ser interpretadas como respuestas definitivas a las preguntas que usted pueda tener. Para obtener más información, comuníquese con la oficina de programas en la dirección que aparece en la Página principal de Ventas Interestatales de Tierras.
PREGUNTA 1 - ¿Qué debo hacer si tengo un reclamo relacionado con la compra de mi lote?
RESPUESTA - Intente resolver su situación comunicándose primero con el empresario del loteo. Si eso no da resultado, puede presentar un reclamo a la División RESPA/Ventas Interestatales de Tierras (Interstate Land Sales/RESPA Division), Room 9146, US Department of Housing and Urban Development, 451 7th Street SW, Washington, DC 20410, mencionando su problema con claridad. Es necesario que su reclamo incluya el nombre y dirección del empresario del loteo, el nombre del vendedor, la fecha de compra, el nombre de la subdivisión y el número de lote. También debe indicar si ha recibido un Informe de Propiedad en el momento de la venta y enviar copias de todos los documentos de la venta o de otra información pertinente. HUD luego le indicará si podemos brindarle ayuda, ya que hay ciertos problemas que pueden no pertenecer a nuestra jurisdicción.
PREGUNTA 2 - ¿En qué circunstancias es posible que me sea devuelto mi dinero?
RESPUESTA - Si usted compró un lote registrado y recibió un Informe de Propiedad antes de firmar el contrato, o compró un lote vendido bajo la exención de cumplimiento sustancial, de ubicación múltiple o interestatal, puede cancelar su contrato y recibir el rembolso de su dinero dentro de los siete días de la fecha de su compra. Si tenía el derecho y no recibió un Informe de Propiedad antes del momento de la venta, tiene derecho a cancelar su contrato y recibir un rembolso en un plazo de dos años a partir de la fecha de su compra. Este período de cancelación de dos años también se aplica a algunos compradores de lotes registrados que recibieron un Informe de Propiedad antes del momento de la compra. Si cree que tiene derecho a cancelar su contrato y recibir un rembolso, debe informar su decisión por escrito al empresario del loteo, no a HUD. Si el empresario se niega a hacer el rembolso, puede presentar un reclamo a HUD.
PREGUNTA 3 - Si estoy pensando en comprar un lote, ¿qué información pueden suministrarme relacionada con la subdivisión y el empresario del loteo?
RESPUESTA - HUD puede informarle si el empresario está registrado, si hemos recibido algún reclamo y si se han tomado medidas previas contra un empresario determinado. Sin embargo, HUD no expresa su opinión sobre si usted debe o no comprar el lote, sobre la reputación del empresario del loteo ni tampoco brinda asesoramiento legal. En nuestro folleto para el consumidor "Compra de Lotes a Empresarios de Loteo" ("Buying Lots from Developers") podrá encontrar información adicional sobre la compra de lotes.
PREGUNTA 4 - Si un empresario de loteo no ha terminado las instalaciones y servicios prometidos según se indica en el Informe de Propiedad, ¿qué puede hacer HUD?
RESPUESTA - La Ley de Divulgación Total de Ventas Interestatales de Tierras (Interstate Land Sales Full Disclosure Act) no otorga a HUD la autoridad para exigir a un empresario que complete las instalaciones y servicios prometidos. Si un empresario no completa las instalaciones según se prometió en el Informe de Propiedad o de algún modo expone de manera incorrecta u omite información necesaria, los compradores individuales pueden demandarlo según la Ley de daños y perjuicios, sujeto al estatuto de limitaciones de la Ley. Si el empresario necesita modificar su Informe de Propiedad, le pediremos que realice las modificaciones de manera tal de proteger a futuros compradores. Si el empresario así no lo hiciera, esto puede terminar en la suspensión de su matrícula. HUD puede también iniciar acciones criminales y/o civiles en dichas situaciones en que puedan haberse producido prácticas de venta fraudulentas.
PREGUNTA 5 - ¿Puede HUD tomar medidas contra un empresario que no está cumpliendo con los convenios restrictivos?
RESPUESTA - HUD no tiene autoridad para exigir a un empresario el cumplimiento de los convenios restrictivos. Un abogado podrá asesorarlo sobre sus derechos en esta cuestión.
PREGUNTA 6 - ¿Cómo pueden los compradores de lotes tomar control de la asociación de propietarios que en este momento es controlada por el empresario del loteo?
RESPUESTA - Como el empresario debe divulgar si ejercita o no control sobre una asociación, nosotros no tenemos autoridad para regular las acciones de una asociación de propietarios o hacer cumplir sus reglamentaciones. Normalmente, los convenios o reglamentaciones regularán las acciones de la asociación. Un abogado podrá asesorarlo sobre sus derechos en esta cuestión.
PREGUNTA 7 - ¿Cómo puedo obtener copias del Informe de Propiedad y de cualquier otro material que ustedes dispongan en relación con una oferta particular?
RESPUESTA - Las copias impresas del Informe de Propiedad están disponibles a $2.50 cada una y las páginas individuales de cualquier otra documentación están disponibles a $.10 por página. Las copias originales pueden obtenerse por $2 adicionales por documento y las certificaciones están disponibles a $12.00 cada una. Como forma de pago se aceptan cheques certificados, cheques personales y giros postales a nombre del Departamento del Tesoro.
PREGUNTA 8 - ¿Debo continuar realizando mis pagos si no estoy satisfecho con mi compra?
RESPUESTA - Como no podemos brindar asesoramiento legal, sugerimos que busque el asesoramiento de un abogado que pueda guiarlo con respecto a sus derechos en esta cuestión.
PREGUNTA 9 - Si el empresario se ha declarado en bancarrota, ¿cómo afectará esto a mi compra?
RESPUESTA - A pesar de que las circunstancias de cada caso pueden variar, es muy probable que la bancarrota afecte sus derechos. Si no ha recibido información de parte del empresario, debe comunicarse con la corte correspondiente para averiguar el procedimiento requerido para presentar un reclamo. Luego debe consultar a un abogado que pueda determinar sus derechos en esta cuestión.
PREGUNTA 10 - Si yo compré mi lote a una persona particular y no a un empresario, ¿me corresponde algún derecho asignado a los compradores según la Ley de Divulgación Total de Ventas Interestatales de Tierras?
RESPUESTA - No. Las ventas realizadas entre personas particulares no están contempladas por la Ley. Por lo tanto, los compradores que compran lotes a personas individuales no tienen derecho de recibir un Informe de Propiedad ni tienen ningún derecho asignado a los compradores según esta Ley.
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