 |
 |

¿Desea Más Información?
|
 |
|
SUBSCRÍBASE a la lista de correo electrónico de vivienda unifamiliar.
Usted recibirá actualizaciones frecuentes a información
sobre capacitación y anuncios de actividades, la
guía de referencia de HOC, manuales, aumento de
límite hipotecario de la FHA, cartas de acreedores,
y notificaciones sobre negocios de vivienda unifamiliar.
|
|
 |

Novedades
|
 |
| HUD
anuncia el programa hipotecario sin pago inicial
203(h) para víctimas de desastres de huracanes |
El
secretario de HUD anunció el 12/10/05 que HUD tiene
un programa de financiación hipotecario de la Sección
203(h), que no requiere pago inicial para personas cuyas
viviendas han sido destruidas o han recibido daños debido
a los huracanes Katrina o Rita. Además de no requerir
pago inicial, los posibles propietarios de vivienda
pueden escoger vivir en cualquier parte de Estados Unidos.
Más...
|
|
|
Resumen:
El
programa de seguros de la Sección 203(h) permite a la Administración
de Vivienda Federal (FHA, por sus siglas en inglés)
asegurar hipotecas realizadas por una entidad crediticia elegible
a víctimas de un desastre mayor, quiénes han perdido
sus viviendas y están en el proceso de reconstruir o comprar
otra vivienda.
Propósito:
A través del programa de la Sección 203(h), el gobierno federal
ayuda a víctimas en zonas que han sido declaradas de desastre por
el Presidente a recuperarse, haciéndoles más fácil poder conseguir
hipotecas y hacerse propietarios o re-establerse como propietarios.
Tipo
de asistencia:
Este programa ofrece seguro hipotecario para proteger a las entidades
crediticias contra el riesgo de incumplimiento de pago en hipotecas
emitidas a víctimas de desastres elegibles. Las personas son elegibles
para este programa si sus viviendas están localizadas en un área
que fue designada por el Presidente como zona de desastre y si sus
viviendas fueron destruidas o dañadas, hasta tal punto que es necesario
reconstruir o reemplazar. Las hipotecas aseguradas pueden ser usadas
para financiar la compra o la reconstrucción de una vivienda unifamiliar
que será la residencia principal del propietario. Igual que le programa
básico de seguro hipotecario de la FHA, este es similar al programa
de seguro
hipotecario para viviendas de una a cuatro familias (Sección 203
(b)). La Sección(h) ofrece características que hacen más fácil
la propiedad de vivienda:
--
No requieren ninguna entrada. El prestatario es elegible para financiación
del 100 por ciento. Los costos de cierre y gastos prepagados deben
ser pagados por el prestatario en efectivo o a través de fijación
de precio o por el vendedor, sujeto a una limitación del 6 por ciento
en las concesiones del vendedor.
--
El seguro hipotecario FHA no es gratuito. Los acreedores recogen
de los prestatarios una prima de seguro por adelantado (que puede
ser financiada) en el momento de la compra, así como primas mensuales
que no son financiadas, pero que en cambio, son añadidas al pago
hipotecario regular.
--
Algunas cuotas son limitadas. Los reglamentos de la FHA imponen
límites en algunos honorarios que pueden cobrar las entidades crediticias
en la preparación de una hipoteca. Por ejemplo, la cuota de originación
de una hipoteca de la entidad crediticia por costos administrativos
para procesar la hipoteca, no puede excederse de un "punto" - es
decir, un por ciento de la cantidad de la hipoteca, excluyendo cualquier
prima de seguro hipotecario financiada por adelantado. Además, las
cuotas de inspección y tasación de la propiedad son establecidas
por la FHA.
--HUD
establece límites en la cantidad que puede ser asegurada. Para garantizar
que estos programas sirven a personas de bajos a moderados ingresos,
la FHA establece límites en el valor de la hipoteca. El límite hipotecario actual de la FHA se extiende desde $200,160
a $362,790. Estas cifras varían sobre el tiempo y el lugar, dependiendo
en el costo de vida y otros factores (existen también límites más
altos para propiedades de dos a cuatro familias).
Participantes
elegibles:
Las entidades crediticias aprobadas por la FHA, tales como bancos,
compañías hipotecarias, y asociaciones de ahorros y préstamo son
elegibles para seguro de la Sección 203(h).
Consumidores
elegibles:
Cualquier persona cuya vivienda ha sido destruida o gravemente dañada
en un área de desastre reconocida por el Presidente es elegible
para solicitar seguro hipotecario bajo este programa.
Solicitudes:
La solicitud del prestatario para seguro hipotecario debe ser presentada
a una entidad crediticia, dentro de un año de la declaración presidencial
del desastre. Las solicitudes deberán ser presentadas a través de
una entidad crediticia aprobada por la FHA, que a su vez, presentará
estas solicitudes a través de una provisión conocida como"Respaldo
directo" [Direct Endorsement], que les autoriza a considerar
las solicitudes sin someter papeleo a HUD. El procesamiento del
seguro hipotecario y la administración para este y otros productos
de seguro hipotecario para viviendas unifamiliares son manejados
a través de los Centros
para la propiedad de vivienda de HUD.
Guía
técnica:
Este programa ha sido autorizado bajo la Sección 203 de la Ley de
Vivienda Nacional (12 U.S.C. 1709, 1715(b)). Los reglamentos del
programa se encuentran en el 24 CFR, Sección 203. Estos reglamentos,
así como manuales, notificaciones, y cartas relevantes a este programa
están disponibles a través de HUDCLIPS.
Este programa es administrado por la Oficina
de Programas de Vivienda Unifamiliar en la Oficina
de Vivienda de HUD-Administración de Vivienda Federal.
Información
adicional:
Póngase en contacto con el
Centro de recursos de la FHA. Los compradores de vivienda también
pueden contactar una una entidad
crediticia aprobada por HUD para solicitar una lista de búsqueda
de entidades crediticias aprobadas en todo el país, una agencia
de asesoría
de vivienda aprobada por HUD, o a la línea telefónica gratuita
de Hipotecas FHA, 1-800-483-7342.