Del Código de EE.UU.en línea (U.S. Code Online) por el Acceso GPO
[wais.access.gpo.gov]
[Leyes en vigencia al 27 de enero de 1998]
[Documento no afectado por Leyes Públicas promulgadas entre
el 27 de enero de 1998 y el 30 de noviembre de 1998]
[CITE: 12 USC2608]
TÍTULO 12--BANCOS Y BANCA
CAPÍTULO 27--PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN DE BIENES RAÍCES
Sec. 2608. Compañías de títulos; responsabilidad del vendedor
(a) Ningún vendedor de una propiedad que será adquirida con la ayuda de un préstamo hipotecario relacionado con el gobierno federal requerirá directa o indirectamente, como condición de venta de la propiedad, que el comprador adquiera de una compañía de títulos particular un seguro de título que cubra la propiedad.
(b) Todo vendedor que viole las disposiciones de la sub-sección (a) de esta sección será responsable ante el comprador por un monto equivalente a tres veces los costos abonados para dicho seguro de título.
(Pub. L. 93-533, Sec. 9, 22 de dic. de 1974, 88 Estat. 1728.)
Sección a la cual se hace referencia en otras secciones
A esta sección se hace referencia en la sección 2614 de este título.