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Estatuto de RESPA de HUD

Del Código de EE.UU.en línea (U.S. Code Online) por el Acceso GPO
[wais.access.gpo.gov]
[Leyes en vigencia al 27 de enero de 1998]
[Documento no afectado por Leyes Públicas promulgadas entre
el 27 de enero de 1998 y el 30 de noviembre de 1998]
[CITE: 12 USC2610]


TÍTULO 12--BANCOS Y BANCA

CAPÍTULO 27--PROCEDIMIENTOS DE LIQUIDACIÓN DE BIENES RAÍCES


Sec. 2610. Prohibición de honorarios para la preparación de informes de veracidad en los préstamos, operación de cierre uniforme y cuentas de depósito en garantía.

Una entidad crediticia no impondrá costos ni cobrará honorarios a ninguna persona (en concepto de costos de cierre o de otra índole) en relación con un préstamo hipotecario del gobierno federal realizado por dicha entidad (o un préstamo para la compra de una vivienda móvil) - ni tampoco podrá hacerlo un prestador de servicios (según se define el término en la sección 2605(i) de este título) - para la preparación, o a cuenta de la misma, y entrega, por parte de dicha entidad crediticia o prestador de servicios, del informe o informes requeridos (en relación con dicho préstamo) por las secciones 2603 y 2609(c) de este título o por la Ley de Veracidad en los Préstamos (Truth in Lending Act) [15 U.S.C. 1601 et seq.].

(Pub. L. 93-533, Sec. 12, 22 de dic. de 1974, 88 Estat. 1729; Pub. L. 101-625, título IX, Sec. 942(b), 28 de nov. de 1990, 104 Estat. 4412.)

Referencias en el Texto

La Ley de Veracidad en los Préstamos, a la cual se hace referencia en el texto, es el título I de la Pub. L. 90- 321, 29 de mayo de 1968, 82 Estat. 146, con sus modificaciones, que se clasifica generalmente según el sub-capítulo I (Sec. 1601 et seq.) del capítulo 41 del Título 15, Comercio y Negocios. Para una clasificación completa de esta Ley al Código, vea la nota del Título breve bajo la sección 1601 del Título 15 y Tablas.

Enmiendas

1990--Pub. L. 101-625 se reemplazó "Honorarios por la preparación de informes de veracidad en los préstamos y operación de cierre uniforme" por la línea de la sección actual, se agregó después de la primera coma "o por un prestador de servicios (según se define el término en la sección 2605(i) de este título),", y se reemplazó la segunda referencia a "entidad crediticia" por "entidad crediticia o prestador de servicios" y "2605" por "2609 (c)".

 

 
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